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Lorena Escudero (SENAMI) destituida por falló del Tribunal Contencioso Electoral

Fernando Flores V. 5 de agosto de 2011
asflores
Una vez presentada la denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por parte del asambleísta Fernando Flores por Latinoamérica, El Caribe y África con el fin de denunciar los diferentes conversatorios desarrollados por la Secretaria Nacional del Migrante (SENAMI) durante la campaña electoral de la Consulta Popular, se procedio a realizar las audiencias correspondientes con el fin de solicitar la sanción de la titular de la SENAMI, Lorena Escudero por haber realizado eventos electorales denominados conversatorios por la democracia “UN VOTO INFORMADO ES UN VOTO RESPONSABLE” durante la campaña electoral en el exterior para impulsar la consulta popular, que se llevaría a cabo el 7 de Mayo. Este evento se lo realizó en la sede de las Oficinas de la SENAMI en Madrid y interconecto con las demás casas ecuatorianas en el exterior como Caracas, Londres, Milán y New York.
Presentadas las pruebas correspondientes y realizadas las audientica el Tribunal Contencioso Electoral respecto al caso resolvio a favor de la denuncia presentada por el Asambleísta Fernando Flores, como dicta a continuación:
IV. DECISIÓN - Por todo lo expuesto, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO SOBERANO DEL ECUADOR, Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES DE LA REPÚBLICA, se dicta la siguiente sentencia:


1. Se declara responsable a la señora Maria Lorena Escudero Durán, quien en el ejercicio de su cargo, como Secretaria Nacional del Migrante, incurrió en la infracción tipificada y sancionada en el articulo 276 numeral 2 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Pollticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, por tanto se le sanciona con la destitución del cargo y en razón del principio de proporcionalidad y por la gravedad del hecho, se le impone la multa de diez remuneraciones básicas unificadas. La multa se depositará en el término de cuarenta y ocho horas en la cuenta del Consejo Nacional Electoral No. 0010001726 COD 19.04.99 del Banco Nacional de Fomento.
2. Se dispone al Pleno del Consejo Nacional Electoral, que analice la actuación de su Representante Legal, senor Omar Simon Campana, especlficamente respecto a la organización del conversatorio realizado en Madrid-Espana. "Un voto informado, es un voto responsable". Una vez ejecutoriada la presente sentencia, oficiase a los sellares y sellaras consejeras del Consejo Nacional Electoral, para que adopten las medidas pertinentes.


3. En atención a lo previsto en el articulo 264 del Código de la Democracia, ejecutoriada la presente sentencia notifiquese al Consejo Nacional Electoral.



4. Remitase atento oficio a la Contralorla General del Estado, una vez ejecutoriada la sentencia, a fin de que en el ámbito de su competencia, efectúe un examen especial respecto a los gastos incurridos en el conversatorio "Un voto informado, es un voto responsable", organizado por la Secretaria Nacional del Migrante en Madrid-Espana con inteconexión con otras casas del migrante, efectuado el 31 de marzo de 2011.


Puede leer la sentencia completa aqui: 06ea07_sentencia-269-11

Micro realizado por Teleamazonas Ecuador

La sentencia dispuesta por el Tribunal Contencioso Electoral también dispone la inhabilitación politica o prohibición de ocupar un cargo público en el Gobierno actual por los próximos dos (2) años. Garantizando así la trasparencia y el control sobre quienes ejercen cargos públicos, dado que la ley aplica para todos por igual.


Entrevista realizada por Teleamazonas Ecuador
Fernando Flores V.

Asambleísta por Latinoamérica, el Caribe y África

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